Recuerda que las cantidades donadas a porCausa tienen derecho a una deducción de la cuota íntegra de: 

 

 

Base de la deducción, importe hastaPorcentaje de la deducción
Hasta 150 euros75%
Resto base de deducción30%

 

Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donaciones a favor de Por Causa por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros será del 35% por ciento.

La base de las deducciones  por donativos no podrá exceder del 10 por 100 de la base liquidable.

Esto es información válida de acuerdo al Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) de la ley 59/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines de lucro y los incentivos fiscales al mecenazgo. Recuerda que esta mejora fiscal no aplica a El País Vasco ni a Navarra. Si tienes más dudas o un caso concreto, por favor escribe a porcausa@antiguaweb.porcausa.org